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Servicios a estudiantes

La Universidad de Costa Rica ofrece una amplia variedad de servicios y recursos a las y los estudiantes de la Institución, se mencionan a continuación algunos servicios.

Las actividades internacionales, que usualmente pueden realizar las personas estudiantes, son estudiar un semestre en el exterior o  asistir a actividades de corta duración, como seminarios y cursos cortos. En este momento, debido a la pandemia y a recortes de recursos dentro de la UCR, el apoyo financiero a estas actividades está cancelado. Sin embargo, para planear a futuro, es bueno conocer sobre las alternativas de apoyo disponibles.

Más información aquí

El Sistema de Becas y Atención Socioeconómica de la Universidad de Costa Rica está dirigido a estudiantes de limitados recursos económicos,estudiantes que se destacan académicamente o participan en campos de interés institucional. El propósito de las becas es ayudar a los y las estudiantes durante su periodo de estudio hasta la obtención de un grado académico, lo anterior, de acuerdo con el Reglamento de Adjudicación de Becas y otros Beneficios a los Estudiantes.

La Universidad de Costa Rica siempre ha buscado que la población universitaria adquiera el conocimiento básico y necesario  para mejorar, desarrollar y preservar su salud física, mental, social, emocional, además de su integración al medio interno y externo de la universidad.


Para ello, ha coordinado con la Oficina de Bienestar y Salud, El Centro de Atención Psicológica para desarrollar una serie de servicios que se les otorga a los estudiantes según sus necesidades específicas. Algunos de los servicios que se ofrecen son:

La Universidad de Costa Rica pone a disposición de sus estudiantes el Sistema de Bibliotecas, Documentación e Información (SIBDI). Este busca satisfacer las necesidades de información y documentación, para así estimular el quehacer académico y científico dentro del ámbito universitario y  lograr un alto impacto en el desarrollo nacional y regional.

Para satisfacer estas demandas, el SIBDI cuenta con recursos físicos y tecnológicos que facilitan la adquisición, organización, almacenamiento, acceso y recuperación efectiva de recursos de información, así como la prestación de servicios de calidad que sean acordes con los procesos de enseñanza y aprendizaje, que estimulen la creatividad en el quehacer científico y que promuevan la generación del conocimiento.

Para brindar este servicio de manera satisfactoria, el SIBDI cuenta con una amplia gama de recursos de información bibliográfica, los cuales son:

En la Universidad de Costa Rica aspiramos a formar profesionales dignos de la confianza de nuestros conciudadanos, personas comprometidas con nuestra profesión y nuestra comunidad. Un eje de esa formación es que desaparezcan conductas que atenten contra la confianza y que manifiesten una actitud irresponsable frente a cada uno de nosotros.

La Denfensoría Estudiantil Universitaria (DEFEU) brinda asesoría legal y gestión administrativa en procesos estudiantiles a lo interno de la Institución. Por medio de esta entidad, los y las estudiantes pueden pedir asesoría en caso de tener alguna consulta o denuncia acerca de sus derechos para así evitar problemáticas como abuso de autoridad, irregularidades con las evaluaciones o irrespeto a reglamentos que regulan los derechos de los Estudiantes.

Asimismo, los cursos, el proceso de enseñanza y de evaluación se rigen balos las normas establecidas y aprobadas por el Consejo Universitario en el Reglamento de Régimen Académico Estudiantil.

En caso de que el estudiante sienta que no se están respetando sus derechos, puede interponer un recurso administrativo.

Situación

Referencia

Todas las personas admitidas a la UCR y a una carrera tienen derecho a recibir orientación académica para lo cual contará con un profesor consejero Capítulo III art.6-8
Todas las personas con necesidades educativas especiales tiene derecho a una equiparación de oportunidades Capítulo I art.2
Todo curso que se imparte en la UCR debe tener un programa Capítulo V  art.14 y 14bis
La asistencia no es obligatoria salvo en aquellos cursos que excepcional y expresamente prevean lecciones de asistencia obligatoria Capítulo V art.14 y 14-bis
El profesor debe entregar,  comentar y analizar el programa del curso, incluidas las normas de  evaluación, con sus estudiantes, en las primeras dos semanas del  ciclo lectivo correspondiente Capítulo V art.15
Las normas de evaluación deben estar claramente especificadas en el programa.  La nota de concepto no se puede incluir  en las ponderaciones de la evaluación Capítulo V  art.14
Las pruebas cortas, llamadas orales y evaluaciones sin anunciar  deben estar claramente especificadas en el programa Capítulo V art.15
Las normas para eximir a un estudiante de la prueba final se deben especificar en el programa del curso Capítulo VI art.21
Las normas de evaluación incluidas en el programa del curso, pueden ser  variadas por el profesor con el consentimiento de la mayoría absoluta (más del 50% de los votos) de los estudiantes matriculados en el curso y grupo respectivo Capítulo VI art.17
Los y las estudiantes deben conocer al menos con cinco días hábiles de antelación a la realización de todo tipo de evaluación, la fecha, los temas, la duración de la prueba y el lugar Capítulo VI art.18
El profesor debe entregar a los alumnos las  evaluaciones calificadas y todo documento o material sujeto a evaluación, a más tardar diez  días hábiles después de haberse efectuado las  evaluaciones y haber recibido los documentos Capítulo VI art.22
Para la asignación de cupos en los diferentes cursos se utiliza el “promedio ponderado para matrícula”, es decir las “calificaciones finales de los cursos matriculados por el  estudiante en el ciclo lectivo ordinario trasanterior." Capítulo I  art-2 Inciso-iv
El estudiante no está obligado a presentar más de dos exámenes parciales o finales en un mismo día. En caso de presentarse conflicto, este deberá ser resuelto por los directores de las unidades académicas involucradas Capítulo VI art-23
Reposición de un examen: las justificaciones para no presentarse a una prueba son: la muerte de un pariente hasta de segundo grado, la enfermedad del estudiante u otra situación de fuerza mayor o caso fortuito Capítulo VI art-23
Los y las estudiantes pueden reclamar ante el profesor una evaluación. Si no está de acuerdo con la respuesta obtenida puede reclamar ante el director de la unidad académica y pedir asesoría al Centro de Asesoría Estudiantil Capítulo VI art-22